Subdirección General de Recaudación Fiscal
Información de consulta relativa al dictamen en medios electrónicos
El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores, ha desarrollado una nueva herramienta
que permitirá a los patrones y contadores públicos
llevar a cabo la presentación del Dictamen Fiscal y
del Dictamen Infonavit, a través del Sistema para el
Cumplimiento de Obligaciones Patronales (SICOP), para lo cual
pone a su disposición la información siguiente:
Registro de empresas
El patrón o su representante legal se registrarán
para obtener sus claves de acceso al SICOP, posteriormente
se presentarán personalmente en el Área de Fiscalización
en Delegaciones Regionales, o en su caso, en la Gerencia de
Fiscalización del Distrito Federal según corresponda
a su domicilio fiscal, con identificación oficial y
poder notarial, para la entrega de su firma electrónica.
Esta firma servirá para suscribir los trámites
de Dictamen Fiscal y Dictamen Infonavit, como patrón.
Índice
Dictamen fiscal
En cumplimiento a lo señalado en el Artículo
29, Fracción VIII, primer párrafo de la Ley
del Infonavit, los patrones obligados a Dictaminar sus Estados
Financieros en términos de lo dispuesto en el artículo
32-A del Código Fiscal de la Federación, están
a su vez obligados a presentar ante este Instituto los Anexos
relacionados con el pago de aportaciones del 5%. Para llevar
a cabo este trámite deberá ingresar al Módulo
Dictamen Fiscal del SICOP, de acuerdos a las siguientes instrucciones:
- Carta de presentación
El patrón o su representante legal deberá
firmar electrónicamente el formato de la Carta de
Presentación.
- Captura de anexos
Capturar en el sistema los Anexos, referentes a las contribuciones
por concepto de Aportaciones Patronales
- Anexo 5.- Análisis Comparativo de las Subcuentas
de Gastos.
- Anexo 8.- Relación de Contribuciones a cargo
del contribuyente en su carácter de retenedor.
- Anexo 11.- Relación de Contribuciones por Pagar
Es importante precisar que las empresas que se ubiquen
en alguno de los supuestos siguientes:
- Autorizadas a Recibir Donativos
- Régimen Simplificado
- Establecimientos Permanentes de Residentes en el
Extranjero
- Sociedades Controladoras y Controladas
- Instituciones de Crédito
- Instituciones de Seguros y Fianzas
- Intermediarios Financieros no Bancarios
- Casas de Cambio
- Casas de Bolsa
- Sociedades Controladoras de Grupos Financieros
- Sociedades de Inversión de Capitales
- Sociedades de Inversión de Renta Variable
y en Instrumentos de Deuda
deberán capturar la información del anexo
del dictamen de Estados Financieros Generales, que contenga
la información equivalente.
- Acuse de recibo
El Acuse de recibo emitido por el SAT en forma electrónica,
se deberá digitalizar y enviarse como archivo adjunto.
- Dictamen e Informe
El Dictamen e Informe se deberán digitalizar y enviarse
como archivo adjuntos.
Digitalizar. Es pasar un documento a través
de un escáner y guardarlo en disco flexible o duro
como un archivo de imagen (extensiones pdf, gif o jpg).
Se deberá enviar un archivo por documento.
Los contribuyentes obligados que no hayan tenido trabajadores
a su servicio durante el ejercicio dictaminado, deberán
declarar tal situación, usando el SICOP.
Los contribuyentes obligados a dictaminarse que no sean patrones,
sólo tienen que presentar el formato DF-01
en las Áreas de Fiscalización en Delegaciones
Regionales, o en su caso, en la Gerencia de Fiscalización
del Distrito Federal, según corresponda a su domicilio
fiscal.
Plazo.- Deberá presentarse en los 15 días
hábiles posteriores a aquel en que se venza el plazo
para presentarlo ante la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público.
Índice
Dictamen Infonavit
Para los patrones que opten por Dictaminar el cumplimiento
de sus obligaciones con el Infonavit, deberán ingresar
al SICOP (Sistema para el Cumplimiento de Obligaciones Patronales),
en donde podrán llevar a cabo los procesos de :
Registro de Contadores Públicos
Presentación de aviso de dictamen
Presentación de dictamen
Índice
Registro de Contadores Públicos
Los Contadores Públicos que ya cuentan con Constancia
de Registro para Dictaminar ante Infonavit, deberán
acudir a las Áreas de Fiscalización en Delegaciones
Regionales, o en su caso, a la Gerencia de Fiscalización
del Distrito Federal, según corresponda a su domicilio
fiscal, donde personal del Infonavit les proporcionará
su clave de acceso y password, así como su firma electrónica,
éste trámite es personal y se deberá
presentar identificación oficial y la Constancia de
Registro.
Los Contadores Públicos que soliciten su registro
deberán capturar sus datos de identificación,
digitalizando y adjuntando los documentos siguientes:
Para Contadores Públicos registrados ante la S.H.C.P.
- Constancia de registro ante la S.H.C.P.
- Constancia de cumplimiento de la norma de educación
profesional continua por el año inmediato anterior.
- Identificación oficial
Todos los documentos se presentan en archivo digitalizado
con extensión pdf o jpg.
Para Contadores Públicos sin registro ante la
S.H.C.P.
- Acta de nacimiento o carta de naturalización certificada
ante Notario Público
- Cédula profesional certificada ante Notario Público
(Anverso y Reverso).
- Constancia vigente de membresía al colegio o asociación
profesional de contadores públicos.
- Constancia de cumplimiento de la norma de educación
profesional continua vigente.
Todos los documentos se presentan en archivo digitalizado
con extensión pdf o jpg.
Digitalizar. Es pasar un documento a través
de un escáner y guardarlo en disco flexible o duro
como un archivo de imagen (extensiones pdf , gif o jpg). Se
deberá enviar un archivo por documento.
Índice
Presentación de aviso
El Contador Público autorizado deberá registrar
el Aviso para presentar Dictamen y firmarlo electrónicamente,
el patrón lo autorizará con su firma electrónica
y lo enviará para su presentación.
Plazo.- Dentro de los primeros cuatro meses del año,
cuando se trate del ejercicio inmediato anterior. Otros ejercicios,
en cualquier tiempo.
Índice
Presentación del dictamen
El Contador Público requisita el formato de la Carta
de Presentación del Dictamen y elige el Tipo de Opinión,
que estime de acuerdo a su revisión.
Captura la información de los Anexos del Dictamen,
con la posibilidad de capturarlos uno a uno y corregirlos
hasta antes de enviarlos al patrón para su autorización.
Firma electrónicamente el formato de la Carta de
Presentación del Dictamen y el de Tipo de Opinión.
El Patrón revisa el Dictamen lo firma electrónicamente
y lo envía para su presentación
El Contador Público y el Patrón podrán
monitorear de manera independiente, la situación que
guardan tanto el Aviso como el Dictamen en la opción
de Estatus de Aviso y Estatus de Dictamen.
Plazo.- Dentro de lo seis meses posteriores a la
fecha de presentación del Aviso.
Índice
Dicatamen Infonavit marco legal
- Ley del Infonavit Artículo 29, Fracción
VIII, párrafo segundo.
- Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones
y Entero de Descuentos al Infonavit. Capítulo V (publicado
en el Diario oficial de la Federación el 9 de diciembre
de 1997): Regula lo correspondiente a la opción para
dictaminarse por Contador Público Autorizado.
- Instructivo para la dictaminación de las obligaciones
que la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores imponen a los patrones y demás
sujetos obligados, vía electrónica a través
de documentos digitalizados: Describe los procesos relativos
al registro de Contadores Públicos, Avisos para Dictaminar,
Formatos y llenado de Anexos.
Beneficios para los patrones que opten por dictaminarsepara Infonavit
- No serán sujetos de visitas domiciliarias por
los ejercicios dictaminados y anteriores. (*)
- No se emitirán a su cargo cédulas de diferencias
referidas al ejercicio dictaminado. (*)
(*) Con las excepciones y condiciones que señala el
Artículo 73 del Reglamento de Inscripción pago
de aportaciones y entero de descuentos al Infonavit.
Para mayor información y asesoría Contáctenos aquí
Índice
Información de consulta relativa al dictamen en medios impresos
Dictamen Infonavit
Cualquier patrón tiene la opción de dictaminar
por Contador Público autorizado, el cumplimiento de
sus obligaciones en materia de vivienda.
Aviso para presentar dictamen
El aviso lo suscriben el patrón
y el contador público autorizado.
Formato
DI-01
Formatos del dictamen Infonavit
Índice
Dictamen Infonavit marco legal
- Ley del Infonavit Artículo 29 Fracción VIII
- Reglamento de inscripción, pago de aportaciones
y entero de descuentos al Infonavit. Capítulo V (publicado
en el Diario oficial de la Federación el 9 de diciembre
de 1997): Regula lo correspondiente a la opción para
dictaminarse por Contador Público Autorizado.
- Instructivo para la dictaminación de las obligaciones
que la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores imponen a los patrones y demás
sujetos obligados (publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 26 de abril de 1999): Describe los
procesos relativos al registro de Contadores Públicos,
Avisos para Dictaminar, Formatos y llenado de Anexos.
Índice
|